APROBACIÓN: 30/09/2024
PUBLICACIÓN: BOP 233 DE 29/11/2024
ENTRADA EN VIGOR: 15/12/2024
Con esta norma se pretende conseguir no solo la protección y bienestar de los animales sino también una convivencia equilibrada, pacífica y cordial entre los ciudadanos poseedores y/o propietarios de animales y los que no.
Igualmente pretende evitar todo tipo de riesgos, tanto para la salud de las personas y/o de los animales y la protección del medio ambiente.
También reivindica la función social de los animales, tanto desde el punto de vista de compañía, como de seguridad emocional, asistencial y/o terapéutica, en algunos casos.
En cualquier caso, deberán mantener control sobre ellos a fin de evitar tanto las molestias o daños a las personas y a los demás animales, como el deterioro de bienes o instalaciones públicas. Para ello, deberán mantener el perro a la vista a una distancia que permita la intervención en caso necesario.
El día 19 de julio de 2024, se aprueba por Resolución de Alcaldía 2024-0271, el nuevo PLAN DE CONTROL Y GESTIÓN ÉTICA DE COLONIAS FELINAS, que sustituye El Protocolo de Actuación vigente desde el 15 de marzo de 2023.
Se establecen como Objetivos del Plan los siguientes:
Los objetivos generales que se plantea el Ayuntamiento de Doñinos de Salamanca con este nuevo Plan Municipal de Gestión Ética de Colonias Felinas, en desarrollo de su política de respeto y protección a la vida animal, son el bienestar de dichos animales en el municipio, facilitando la convivencia con la ciudadanía y la prevención de problemas de salud pública y animal, basándose en el control de la población de gatos, sus puntos de alimentación, las condiciones sanitarias y las personas colaboradoras responsables de dichas colonias.
Dentro de este Plan, y que no se preveía en el Protocolo del año 2022, se establece un mecanismos de mediación para solventar los posibles problemas que estas colonias puedan generar (por orinas, vocalizaciones durante los periodos de celo, posibles peleas…) que irán disminuyendo progresivamente al evitar el crecimiento exponencial de la población de gatos no controlados, al promover y fomentar la salubridad de las áreas públicas y gracias a la difusión de los principios de tenencia responsable de animales. Todo ello permitirá disfrutar de la presencia de estos animales en nuestro municipio, posibilitando su adecuada integración en una realidad urbana que contribuya a la socialización y a la convivencia.
Como objetivos específicos se establecen:
El 14 de marzo de 2022 se firma un convenio de colaboración con la ASOCIACIÓN ANIMALISTA DOÑIGATOS, para la aplicación del PROTOCOLO CER (Captura, Esterilización y Retorno) y la gestión del Programa.
REGULACIÓN DE COLONIAS FELINAS EN LA ORDENANZA MUNCIPAL (BOP 133 DE 29/11/2024)
TÍTULO V. COLONIAS FELINAS
ARTÍCULO 22. Colonias Felinas
Se considera colonia felina a un grupo de gatos de la especie Felis catus, (gato doméstico) que viven en estado de libertad o semilibertad, que no pueden ser abordados o mantenidos con facilidad por los seres humanos debido a su bajo o nulo grado de socialización, pero que desarrollan su vida en torno a estos para su subsistencia.
Los gatos que conviven en el municipio y que se han agrupado en colonias, tienen la consideración jurídica de animales domésticos y forman parte de la fauna urbana y como tal ha de respetarse y protegerse su forma de vida y, en la medida de lo que sea posible, se mantendrán en el espacio que ocupan, salvo por razones de molestias al vecindario y de protección de la salud pública y del medio ambiente. Las colonias de animales en el medio urbano sólo podrán ser trasladadas a otro emplazamiento cuando quede probado de manera fehaciente que existe un grave peligro para la integridad de los animales o cuando exista un problema de salud para las personas debidamente acreditado.
El traslado deberá hacerse únicamente por profesionales o personal perteneciente a entidades de protección animal colaboradoras, siguiendo en todo caso las recomendaciones de los expertos y bajo supervisión de los servicios municipales.
Queda prohibida la alteración o destrucción del emplazamiento y material municipal, así como el propio de entidades y voluntarios debidamente autorizados, utilizado en las colonias felinas para la atención, captura, alimentación o refugio de los animales.
Las reclamaciones por los daños ocasionados por los animales se dirigirán al Ayuntamiento como responsable de la existencia de las colonias.
Estará prohibida la introducción de perros en los recintos de las colonias, así como la aportación de nuevos gatos a las mismas salvo expresa autorización municipal y bajo la supervisión de los servicios municipales y los responsables de la gestión de las colonias.
Las personas titulares o responsables de perros deberán adoptar las medidas necesarias para evitar que la presencia de éstos pueda alterar o poner en riesgo la integridad de las colonias felinas y de los gatos comunitarios, así como los recursos destinados a los mismos.
ARTÍCULO 23. Gestión de las Colonias Felinas
El Ayuntamiento llevará a cabo una gestión integral de las colonias felinas, que incluya el método CER (Captura – Esterilización – Retorno) así como alimentación adecuada, cobijo, supervisión, tratamientos sanitarios, limpieza, formación, educación y concienciación, e identificación de las colonias felinas y de las personas que las gestionan mediante carné. Esta gestión integral se establecerá a través de un Programa de Gestión de Colonias Felinas.
Será responsabilidad de los servicios municipales gestión de las colonias felinas, incluidas la protección y correcta señalización de estas, a través de personal propio o convenido. Las Entidades de Protección Animal colaboradoras podrán participar de la gestión de las colonias de gatos a través de los correspondientes convenios o instrumentos de colaboración, siempre bajo la supervisión e inspección de los servicios municipales. Las personas voluntarias para el cuidado de colonias felinas, procedentes de entidades de protección animal o particulares, deberán ser formadas y expresamente autorizadas por el Ayuntamiento, y deberán recibir un carnet identificativo que deberán portar en todo momento durante la realización de sus funciones en las colonias.
Del cuidado y alimentación de las colonias se encargarán los cuidadores-alimentadores, que podrán formar parte de los servicios municipales o podrán ser voluntarios formados y expresamente autorizados por el Ayuntamiento. Estas personas colaborarán en la realización de las campañas de captura y suelta de los gatos en los términos que se establezcan en el correspondiente Programa de Gestión.
Se encuentra fijadas 6 colonias felinas,
El número total de gatos registrados en el Registro Felino es de 104 (49 machos y 55 hembras). 98 de ellos están esterlizados, siendo el porcentaje de esterilización del 95%, indicando una evolución positiva del programa.
Se han adoptado hasta la fecha 13 gatos (4 en el año 2022, 7 en el 2023, y 2 en el 2024)
Ayuntamiento de Doñinos de Salamanca
Calle Escuelas 2-4. 37120 Doñinos de Salamanca (Salamanca)
923 330 001 - ayuntamiento@ayto-doninos.com
Centro Cultural
C/ Molino s/n. 37120 Doñinos de Salamanca (Salamanca)
923 330 128 - cultura@ayto-doninos.com